Para atender pacientes internacionales en tu clínica dental, la ley colombiana solo exige dos cosas: que tu clínica esté habilitada, y que tu registro como odontólogo esté vigente. Todo lo demás, incluyendo INVIMA, cumple un papel distinto del que la mayoría asume.
La habilitación, el registro obligatorio de tu clínica
La Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud define las condiciones para que un servicio de salud opere legalmente en Colombia: capacidad técnico-administrativa, suficiencia financiera y capacidad tecnológico-científica. El registro se hace en REPS, el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud, y tiene una vigencia de cuatro años. En el cuarto año se requiere una autoevaluación para renovarlo, y si no se completa, el registro se desactiva. Esto aplica a cualquier clínica dental, atienda pacientes locales o internacionales.
RETHUS, tu registro como odontólogo
RETHUS es el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud, y confirma que estás legalmente autorizado para ejercer odontología en Colombia. El Ministerio de Salud delegó la gestión de este registro para odontólogos al Colegio Colombiano de Odontólogos, con base legal en la Ley 1164 de 2007 y el Decreto 4192 de 2010. En la práctica, tramitas tu tarjeta profesional a través del Colegio, y esa tarjeta es tu registro RETHUS vigente.
Lo que INVIMA sí regula, y lo que no
INVIMA no aprueba clínicas ni otorga licencias de operación. Regula productos: medicamentos, dispositivos médicos, materiales y equipos, bajo el Decreto 4725 de 2005, que exige registro sanitario antes de fabricar, importar o vender un dispositivo médico en Colombia. Para dispositivos dentales hechos a la medida, existe además la Resolución 0214 de 2022, que fija requisitos sanitarios específicos para esos productos y para los laboratorios que los fabrican.
En resumen: si importas materiales o equipo dental, esos productos necesitan registro sanitario de INVIMA. Tu clínica como tal, la habilita REPS, no INVIMA.
Lo que no es obligatorio pero sí diferencia
Ni la membresía de sociedad especializada, ni ISO 9001, ni la acreditación JCI son requisitos legales para operar. Son certificaciones voluntarias, y ahí está su valor: la clínica que las consigue se separa del resto frente a un paciente internacional que compara opciones sin conocer a nadie en Colombia. El detalle completo de esos niveles y cómo usarlos como argumento de confianza está en el artículo sobre certificación de clínicas.
¿Qué revisa Elena de todo esto?
Antes de publicar tu perfil con el sello, Elena confirma tu habilitación en REPS y tu registro RETHUS vigente, y lo muestra con la fecha de la revisión. Si tienes certificaciones adicionales, también las mostramos. El proceso completo, con lo que cada revisión prueba y lo que no, está en la página de requisitos y verificación.
- Solo dos cosas son legalmente obligatorias: la habilitación de tu clínica y tu registro RETHUS.
- INVIMA regula los productos y dispositivos que usas, no tu clínica como tal.
- Las certificaciones voluntarias no son requisito, pero sí te diferencian frente al paciente internacional.
- Elena revisa los dos registros antes de dar por verificada a una clínica.

